En 2011 la SEP ya había establecido que primero, segundo y tercero de primaria se acreditarían con sólo cursarlos.

Imagen: Secretaria de Educación Pública (2019)

Por Emiliano Leal Sorriente

Desde 2011 a la fecha, los criterios de acreditación de primero y segundo de primaria han sido modificados varias veces, por distintos Secretarios de Educación Pública y durante tres sexenios diferentes.

Después de la polémica sobre la acreditación de primero y segundo grado de primaria con el sólo hecho de cursarlos, Esteban Moctezuma, Secretario de Educación Pública, dijo en un video a través de su Twitter que la medida que se ha tomado de no reprobar a niños de primero y segundo de primaria, “no se trata de una medida para hacer de la educación algo laxo, se trata de pensar muy profundamente en los niños y las niñas”.

Así pues, el Secretario de Educación Pública justificó su decisión de la siguiente manera:

“imagínense si no es ridículo reprobar a un niño porque tiene faltas de asistencia en preescolar, ahí deberíamos reprobar a los papas, a las mamás que no los llevan, pero no a los niños. El daño que le puede hacer a un niño ser reprobado, es estigmatizarlo por su familia, por sus compañeros, por sus amigos. Y en primero y segundo de primaria, también hay muchísima investigación de que lo mejor es darles un acompañamiento personal a cada alumno para ver que problemas tiene, problemas familiares, de violencia, de nutrición, y resolver esos problemas porque son factores que influyen en la escuela. No es una medida ligera, es una medida muy profunda pensando en lo que acabamos de incorporar en la propuesta constitucional, los niños primero”.

Y aunque me encuentro investigando si hay estudios que validen las afectación que pueden tener en un niño por la reprobación de un grado (un tema que me parece muy interesante), lo cierto es que la historia de no reprobar en primero y segundo año de primaria, no es nueva, de hecho, tiene varios años e involucra a muchos gobiernos y secretarios de educación.

Imagen: Pixabay (2013)

19 de septiembre de 1994

Al final del gobierno de Carlos Salinas de Gortari, el Secretario de Educación Pública, José Ángel Pescador Osuna, firma el Acuerdo 200 “Normas de Evaluación del Aprendizaje en Educación Primaria, Secundaria y Normal”, en el que se establece, en el Artículo 5º que “La escala oficial de calificaciones será numérica y se asignará en números enteros del 5 al 10”, y en el Artículo 6º que “El educando aprobará una asignatura cuando obtenga un promedio mínimo de 6”, para todos los grados, y por lo tanto se establece así también la acreditación de grados.

19 de agosto de 2011

Ricardo Lujambio, Secretario de Educación Pública durante casi todo el gobierno de Felipe Calderón Hinojosa, publica en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el famoso Acuerdo 592, en el que se establece la “Articulación de la Educación Básica”, contemplada en el plan de desarrollo 2007-2012.

En el artículo segundo, se señala que “la evaluación sea una fuente de aprendizaje y permita detectar el rezago escolar de manera temprana y, en consecuencia, la escuela desarrolle estrategias de atención y retención que garanticen que los estudiantes sigan aprendiendo y permanezcan en el sistema educativo durante su trayecto formativo”.

También resulta interesante que se comienza a hablar ahí de  evaluación cuantitativa: “Asimismo, y con el fin de dar a conocer los logros en el aprendizaje de los estudiantes y en congruencia con el enfoque formativo de la evaluación, se requiere transitar de la actual boleta de calificaciones, a una Cartilla de Educación Básica en la que se consigne el progreso de los estudiantes obtenido en cada periodo escolar, considerando una visión cuantitativa y cualitativa”.

También se establece que en preescolar se acreditará sólo con el hecho de haber cursado el año, lo que se menciona en la parte en donde se establecen los tipos de evaluación que se utilizarán:

“En primer término están las evaluaciones diagnósticas, que ayudan a conocer los saberes previos de los estudiantes; las formativas, que se realizan durante los procesos de aprendizaje y son para valorar los avances, y las sumativas, para el caso de la educación primaria y secundaria, cuyo fin es tomar decisiones relacionadas con la acreditación, no así en el nivel de preescolar, donde la acreditación se obtendrá sólo por el hecho de haberlo cursado.” (Segunda sección. p.16).

Imagen: Secretaria de Educación Pública (2019)

17 de agosto de 2012

En el DOF, José ángel Córdoba, Secretario de Educación Pública al finalizar el gobierno de Felipe Calderón Hinojosa, publica el Acuerdo 648, que establece las “normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica”.

En el documento se establece que “la acreditación de los grados primero, segundo y tercero de la educación primaria se obtendrá por el solo hecho de haberlos cursado”, pero en los Criterios de Promoción de Grado se señala lo siguiente:

“El alumno que concluya un grado escolar de este periodo, será promovido al siguiente grado».

En el supuesto de que un alumno no haya alcanzado los aprendizajes correspondientes al grado cursado y de acuerdo con las observaciones señaladas en la Cartilla de Educación Básica respecto a las necesidades y apoyos de aprendizaje, podrá permanecer por otro ciclo escolar en el mismo grado, siempre y cuando se cuente con autorización expresa de los padres de familia o tutores. Esta medida podrá adoptarse una sola vez a lo largo del periodo.” (Artículo 15.1, DOF: 17/08/2012).

2 de abril de 2013

Se publica el Acuerdo 685, firmado por Emilio Chuayffet Chemor, Secretario de Educación pública al inicio del gobierno de Enrique Peña Nieto.

Aquí se mantiene que los alumnos de primero, segundo y tercer grado de primaria, acreditarán con el sólo hecho de haberlos cursado, pero en los criterios de promoción de grado se establece que: “En el supuesto de que un alumno de segundo o tercer grado no haya alcanzado los aprendizajes correspondientes, podrá permanecer en ese grado por otro ciclo escolar. Esta determinación podrá adoptarse por el docente, por una sola vez, cuando el educando obtenga un promedio de grado inferior a 6.0.”

Imagen: Secretaria de Educación Pública (2017)

20 de septiembre de 2013

La Secretaría de Educación pública, todavía a cargo de Emilio Chuayffet Chemor, modifica  en el Acuerdo 696 los criterios de acreditación para primero, segundo y tercero de primaria, estableciendo que “La acreditación de primer grado de la educación primaria se obtendrá por el solo hecho de haberlo cursado”, mientras que “La acreditación de segundo o tercer grado se obtendrá al tener un promedio final mínimo de 6.0”.

7 de junio de 2018

Se publica en el DOF el acuerdo número 12/05/18, firmado por el Secretario de Educación Otto René Granados Roldán, establece que los alumnos de primer grado acreditarán con tan solo el 80% de asistencia, en tanto que segundo de primaria requerirá, además del mismo porcentaje de asistencia, calificaciones aprobatorias en Lengua Materna y Matemáticas, así como mínimo de “dominio básico” en dos de las áreas de Desarrollo Personal y Social  dos clubes de autonomía curricular.

29 de marzo de 2019

Esteban Moctezuma firma el Acuerdo 11/03/19, en el que la SEP da indicaciones para que en el ciclo escolar 2019-2020, los grados de primero y segundo de primaria sean acreditados con el sólo hecho de haberlos cursados, sin especificar tampoco porcentaje de asistencia requerido.

Así pues, en la siguiente tabla se puede ver más claramente como se han manejado los criterios de acreditación a través de los años:

Ciclos escolaresPrimero Segundo
Antes del ciclo 2011-2012 Aprobar con mínimo 6 Aprobar con mínimo 6
2012-2014 Sólo cursarlo Sólo cursarlo
2014-2018 Sólo cursarlo Promedio mínimo 6
2018-2019 Sólo con asistencia del 80% Asistencia del 80% y “dominio básico” de ciertas materias
2019-2020 Sólo cursarlo Sólo cursarlo

Reflexión

Me parece que es fundamental para la educación, estar abiertos ha realizar cambios y ajustes, tanto de las estrategias que se utilizan para enseñar, como los contenidos, y por supuesto, de las forma de evaluación.

Sin embargo, pareciera que en el caso de este tema, no se ha podido llegar a un acuerdo duradero, y eso denota que quizá no hay mucha claridad hacia dónde se quiere ir.

Así que es un buen momento para establecer claramente qué es lo que se busca del sistema educativo como tal, pero también, involucrar en las decisiones de manera más democrática a todos los actores alrededor de los temas educativos.

Hace falta tener un verdadero diálogo nacional, que nos permita a todos crear una visión común de hacia dónde deberíamos ir en materia educativa para que el país crezca, y los niños, niñas y adolescentes se puedan desarrollar en un esquema que realmente les deje algo para su futuro, y por supuesto, para su presente.

Referencias

Acuerdo 200. Normas de Evaluación del Aprendizaje en Educación Primaria, Secundaria y Normal. Diario Oficial de la Federación. México. 19 de septiembre de 1994. Recuperado el 26 de abril de 2019 de https://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/3f848841-8476-4596-9835-d71e306221a3/a200.pdf

Acuerdo 592. Articulación de la Educación Básica. Diario Oficial de la Federación. México. 15 de agosto de 2011. [DOF19/08/2011] Recuperado el 24 de abril de 2019 de: https://www.sep.gob.mx/work/models/sep1/Resource/9721849d-666e-48b7-8433-0eec1247f1ab/a592.pdf

Acuerdo 648. Normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica. Diario Oficial de la Federación. México. 14 de agosto de 2012. [DOF: 17/08/2012] Recuperado el 24 de abril de 2019 de http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5264634&fecha=17/08/2012

Acuerdo 685. Modifica el diverso número 648 por el que se establecen normas generales para la evaluación, acreditación, promoción y certificación en la educación básica. Diario Oficial de la Federación. México. 8 de abril de 2013. Recuperado el 24 de abril de 2019 de http://dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5294770&fecha=08/04/2013

Acuerdo 696.   Diario Oficial de la Federación. México. 20 de septiembre de 203. [DOF: 20/09/2013] Recuperado el 26 de abril de 2019 de http://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5314831&fecha=20/09/2013

Acuerdo 12/05/18. Normas generales para la evaluación de los aprendizajes esperados, acreditación, regularización, promoción y certificación de los educandos de la educación básica. Diario Oficial de la Federación. México. 7 de junio de 2018. [DOF: 07/06/2018] Recuperado el 26 de abril de 2019 de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5525414&fecha=07/06/2018

Moctezuma Barragán, E. [emoctezumab] (2019, 23 de abril) Los niños y las niñas primero [Archivo de video publicado en Twitter] Recuperado el 24 de abril de: https://twitter.com/emoctezumab/status/1120664678366101506

Imágenes

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