Otra reforma educativa… ¿Y ahora qué?

Fue publicado el Decreto que modifica la Constitución para establecer la nueva reforma educativa. Estas son algunas claves de lo que cambió.

Imagen: Secretaria de Educación Pública (2019)

Por Emiliano Francisco Leal Sorriente

Una vez más nos encontramos frente a una nueva reforma educativa. En este artículo, trato de establecer algunos de los aspectos más importantes que se incorporan en ella. Sin embargo, recordemos que esto es sólo el inicio de la reforma, pues todavía se deben establecer las leyes secundarias.

Pero en concreto ¿Qué hay de nuevo en esta reforma? ¿Qué se especifica en el decreto del 15 de mayo de 2019? Veamos.

Se modificaron 3 artículos constitucionales. El articulo 3, que establece el derecho a la educación; el artículo 31 que habla de los derechos de los mexicanos; y el artículo 73, que habla de las facultades del congreso dentro de los que se encuentra el tema del Sistema de Carrera docente (en los enlaces de este párrafo se pueden revisar las versiones antes de la modificación).

Recordemos que, por cómo está establecido el sistema educativo en México, cuando hablamos de reforma educativa no sólo se refiere a cosas como metodologías, formas de enseñar y planes de estudio, sino que también se incluyen temas laborales relacionados a los docentes que participan en la educación pública.

Los cambios netamente educativos

Sobre los cambios que específicamente se refieren a educación como tal, ahora en el artículo 3 constitucional, se reafirma que la educación inicial es un derecho de la niñez y se establece un rol concientizado del estrado sobre la importancia de la educación, además de que la educación estatal deberá ser obligatoria, universal, inclusiva, pública, gratuita y laica.

Imagen: Secretaria de Educación Pública (2017)

Algo interesante de la reforma educativa es que temas como la igualdad y los derechos humanos aparecen ahora señalados de manera más clara: “La educación se basará en el respeto irrestricto de la dignidad de las personas, con un enfoque de derechos humanos y de igualdad sustantiva”.

Para los planes de estudio ahora se considerarán los contenidos de proyectos y programas educativos que contemplen realidades y contextos regionales y locales. También se señala que la educación deberá ser intercultural y promover la convivencia entre las personas y comunidades en un marco de inclusión social.

Al punto anterior también se agrega que “en los pueblos y comunidades indígenas se impartirá educación plurilingüe e intercultural basada en el respeto, promoción y preservación del patrimonio histórico y cultura”.

Adicional a ello, el tema de la perspectiva de género aparece señalado en cuanto a los planes de estudio, en donde se indica que “los planes y programas de estudio tendrán perspectiva de género y una orientación integral”.

Imagen: Secretaria de Educación Pública (2017)

La equidad también es señalada en esta reforma educativa, pues se incluye que “será equitativo, para lo cual el Estado implementará medidas que favorezcan el ejercicio pleno del derecho a la educación de las personas y combatan las desigualdades socioeconómicas, regionales y de género en el acceso, tránsito y permanencia en los servicios educativos”.

Además de eso, también se añade el concepto de inclusión y se indica que, para escuelas de educación básica de alta marginación, se impulsarán acciones orientadas a mejorar la calidad de vida de los estudiantes, en especial en cuanto a la alimentación. En el caso de los adultos, se establecerán estrategias para garantizar su derecho a ingresar a instituciones educativas de distintos tipos.

En cuanto a los planes de estudio, se especifica más claramente qué deberán cubrir, y algo interesante es que el término innovación aparece señalado aquí:  “se incluirá el conocimiento de las ciencias y humanidades: la enseñanza de las matemáticas, la lecto-escritura, la literacidad, la historia, la geografía, el civismo, la filosofía, la tecnología, la innovación, las lenguas indígenas de nuestro país, las lenguas extranjeras, la educación física, el deporte, las artes, en especial la música, la promoción de estilos de vida saludables, la educación sexual y reproductiva y el cuidado al medio ambiente, entre otras”.

Imagen: Secretaria de Educación Pública (2017)

Finalmente, se eliminó el párrafo que decía que la educación “será de calidad, con base en el mejoramiento constante y el máximo logro” y se agregó que “será de excelencia, entendida como el mejoramiento integral constante que promueve el máximo logro de aprendizaje de los educandos, para el desarrollo de su pensamiento crítico y el fortalecimiento de los lazos entre escuela y comunidad”

Participación de los padres

Otro artículo que se modificó, fue el 31 constitucional, en el cual se establecen las obligaciones de los ciudadanos. Ahí, se reemplazó la parte que decía “Hacer que sus hijos o pupilos concurran a las escuelas públicas o privada” por “Ser responsables de que sus hijas, hijos o pupilos menores de dieciocho años concurran a las escuelas”. Al final, también se incluye que deberán participar en el proceso educativo de sus hijos, “al revisar su progreso y desempeño, velando siempre por su bienestar y desarrollo”

Mestros, evaluación y carrera magisterial

El grueso de lo que se reforma, tiene que ver directamente con los maestros y la carrera docente. Aunque se ha comentado en algunos medios que se elimina la evaluación de los maestros, en realidad sólo se suspende hasta que se establezca una nueva derivada de esta misma reforma.

En el artículo 3 se reconoce a maestras y maestros como “agentes de transformación social”, y se establece que “tendrán derecho de acceder a un sistema integral de formación, de capacitación y de actualización retroalimentado por evaluaciones diagnósticas, para cumplir los objetivos y propósitos del Sistema Educativo Nacional.”

Imagen: Pixabay (2016)

Si bien es cierto que se elimina el Instituto Nacional para la Evaluación Educativa. En su remplazo se crea el Sistema Nacional de Mejora Continua de la Educación. Este instituto será de carácter autónomo y entre sus funciones estarán:

  • Realizar estudios, investigaciones especializadas y evaluaciones diagnósticas, formativas e integrales del Sistema Educativo Nacional.
  • Establecer indicadores de resultados de la mejora continua de la educación.
  • Fijar los criterios que deben cumplir las instancias evaluadoras para los procesos valorativos, cualitativos, continuos y formativos de la mejora continua de la educación.
  • Emitir lineamientos relacionados con el desarrollo del magisterio, el desempeño escolar, los resultados de aprendizaje; así como de la mejora de las escuelas, organización y profesionalización de la gestión escolar.
  • Proponer mecanismos de coordinación entre las autoridades educativas federal y de las entidades federativas para la atención de las necesidades de las personas en la materia.
  • Sugerir elementos que contribuyan a la mejora de los objetivos de la educación inicial, de los planes y programas de estudio de educación básica y media superior, así como para la educación inclusiva y de adultos.
  • Generar y difundir información que contribuya a la mejora continua del Sistema Educativo Nacional.

Otro punto que también se ha comentado bastante sobre esta reforma educativa, es la eliminación del Servicio Profesional Docente. Ese tema ahora será manejado por el Sistema para la Carrera de las Maestras y los Maestros.

Este nuevo sistema buscará que la admisión, promoción y reconocimiento del personal docente se realice a través de procesos de selección que deberán ser “públicos, transparentes, equitativos e imparciales y considerarán los conocimientos, aptitudes y experiencia necesarios para el aprendizaje y el desarrollo integral de los educandos”.

Innovación e investigación

Un último punto es el que se refiere al impulso de la investigación, la innovación, la ciencia y la tecnología. La nueva reforma replantea uno de párrafos referentes a esto y ahora señala que “el Estado apoyará la investigación e innovación científica, humanística y tecnológica, y garantizará el acceso abierto a la información que derive de ella, para lo cual deberá proveer recursos y estímulos suficientes”. También, se establece que se deberá generar, a más tardar para 2020, Leyes Generales en materia de Educación Superior y de Ciencia, Tecnología e Innovación.

Imagen: Secretaria de Educación Pública (2019)

Conclusiones

Desde hace unos años, la educación en México es un tema en el que definitivamente no nos ponemos de acuerdo. Hace poco publiqué un artículo en el que reviso como ha ido cambiado el lineamiento para acreditar primero y segundo de primaria. En solo ese aspecto, el criterio se ha modificado 6 veces desde 2012.

Parece que vamos dando palos de ciego. De verdad, necesitamos un acuerdo más serio, en el que estemos todos los sectores logren generar un acuerdo común, a largo plazo, pues un proyecto educativo de nación requiere de mucho tiempo para consolidarse.

Es difícil establecer si esta reforma va por buen camino o no, hasta que no queden más claros los lineamientos secundarios. Hay una serie de cosas acertadas que tienen que ver con la promoción de valores como la perspectiva de género, el sentido de comunidad, la protección de los derechos humanos así como la inclusión e igualdad.

Sin embargo, esta reforma se queda corta para lo que deberíamos estar trabajando como país a nivel educativo. Deberíamos estar pensando en un Plan Educativo Nacional que transforme la educación de manera radical, que incluya un diálogo de todo los sectores para revisar hacia dónde deberíamos ir en materia educativa de aquí a 20 años, y por supuesto, garantizar su continuidad. Mientras no hagamos eso, difícilmente lograremos que la educación en nuestro país sea un motor para el desarrollo y el cambio social.

Referencias

Diario Oficial de la Federación (15 de mayo de 2019). DECRETO por el que se reforman, adicionan y derogan diversas disposiciones de los artículos 3o., 31 y 73 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia educativa. Recuperado el 18 de mayo de 2019 de https://www.dof.gob.mx/nota_detalle.php?codigo=5560457&fecha=15/05/2019

UNAM (2019). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
(Texto vigente al 27 de agosto de 2018). Instituto de Investigaciones Jurídicas. Recuperado el 18 de mayo de 2019 de https://www.juridicas.unam.mx/legislacion/ordenamiento/constitucion-politica-de-los- estados-unidos-mexicanos#10620

Imágenes

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